CONDICIONES DE TRABAJO
 Permisos, licencias y vacaciones
 
Permisos. El personal empleado público tendrá derecho a los siguientes permisos retribuidos:
- Asuntos particulares sin justificación
 - Acompañamiento en revisiones médicas de hijos y mayores a cargo
 - Realización de funciones sindicales
 - Exámenes en centros oficiales
 

Licencias. El personal empleado público tendrá derecho a las siguientes licencias:
- Asuntos propios (sin retribución)
 - Enfermedad
 - Estudios relacionados con la administración
 - Hospitalización prolongada
 - Etc.
 

Reducción de jornada. El persoal empleado público tiene derecho a la reducción de la jornada de trabajo en los siguientes casos:
- Adaptación progresiva de la jornada laboral para tratamientos oncológicos
 - Guarda legal de un menor 12 anos, una persona mayor (especial atención) o con discapacidad
 - Reducción de la jornada de trabajo por interés particular (máximo de un tercio)
 - Etc.
 

Vacaciones. Las vacaciones anuales retribuidas del personal funcionario y del personal laboral tendrán una duración de veintidós días hábiles por año completo de servicios, o de los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicios efectivos durante el año fue menor.
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