CONDICIONES DE TRABAJO
Permisos, licencias y vacaciones

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Permisos. El personal empleado público tendrá derecho a los siguientes permisos retribuidos:

  • Asuntos particulares sin justificación
  • Acompañamiento en revisiones médicas de hijos y mayores a cargo
  • Realización de funciones sindicales
  • Exámenes en centros oficiales

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Licencias. El personal empleado público tendrá derecho a las siguientes licencias:

  • Asuntos propios (sin retribución)
  • Enfermedad
  • Estudios relacionados con la administración
  • Hospitalización prolongada
  • Etc.

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Reducción de jornada. El persoal empleado público tiene derecho a la reducción de la jornada de trabajo en los siguientes casos:

  • Adaptación progresiva de la jornada laboral para tratamientos oncológicos
  • Guarda legal de un menor 12 anos, una persona mayor (especial atención) o con discapacidad
  • Reducción de la jornada de trabajo por interés particular (máximo de un tercio)
  • Etc.

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Vacaciones. Las vacaciones anuales retribuidas del personal funcionario y del personal laboral tendrán una duración de veintidós días hábiles por año completo de servicios, o de los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicios efectivos durante el año fue menor. 

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