CONDICIONES DE TRABAJO
Permisos, licencias y vacaciones
Permisos. El personal empleado público tendrá derecho a los siguientes permisos retribuidos:
- Asuntos particulares sin justificación
- Acompañamiento en revisiones médicas de hijos y mayores a cargo
- Realización de funciones sindicales
- Exámenes en centros oficiales
Licencias. El personal empleado público tendrá derecho a las siguientes licencias:
- Asuntos propios (sin retribución)
- Enfermedad
- Estudios relacionados con la administración
- Hospitalización prolongada
- Etc.
Reducción de jornada. El persoal empleado público tiene derecho a la reducción de la jornada de trabajo en los siguientes casos:
- Adaptación progresiva de la jornada laboral para tratamientos oncológicos
- Guarda legal de un menor 12 anos, una persona mayor (especial atención) o con discapacidad
- Reducción de la jornada de trabajo por interés particular (máximo de un tercio)
- Etc.
Vacaciones. Las vacaciones anuales retribuidas del personal funcionario y del personal laboral tendrán una duración de veintidós días hábiles por año completo de servicios, o de los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicios efectivos durante el año fue menor.
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